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05 January 2021
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La justicia retrasada es justicia denegada. La importancia de un juicio rápido y razonado

Las órdenes judiciales dictadas mucho después de la conclusión de una audiencia -hasta dos años después en algunos casos- o entregadas sin que el juez explique los motivos de la decisión, son contrarias al estado de derecho, prolongan la incertidumbre y retrasan la impartición de justicia. 

El asunto del Ministro de Salud y otro contra New Clicks South Africa (Pty) Ltd y otros (CCT 59/2004) [2005] ZACC 14 y más recientemente Phillipa Susan van Zyl NO contra Getz (548/19) [2020] ZASCA 84 pusieron de relieve los plazos, a menudo poco razonables, que los litigantes esperan para dictar sentencia y los problemas que se producen cuando se dictan órdenes sin que haya motivos que las justifiquen. 

El artículo 49 1) a) del Reglamento Uniforme de los Tribunales permite que cualquier litigante solicite autorización para apelar la orden en el momento en que se conceda la sentencia. Si no se hace tal solicitud en ese momento, el litigante apelante puede presentar una solicitud de autorización para apelar ante el mismo tribunal, exponiendo las razones de la misma, dentro de los 15 días siguientes a la emisión de la orden. En el apartado b) del párrafo 1 del artículo 49 se establece que la solicitud también podrá presentarse dentro de los 15 días siguientes a la presentación de los motivos de la orden por el funcionario judicial que la presida.

Los problemas que se pusieron de relieve en los asuntos Getz y New Clicks fueron que los litigantes habían esperado un período extraordinario de tiempo, en un caso dos años desde la conclusión de la vista del asunto, antes de recibir su orden. Sin embargo, una vez que se dio la orden, no se dieron razones para la orden hecha. El tribunal de apelación consideró necesario hacer observaciones sobre esta cuestión

Jurisprudencia

El tribunal de apelación se refirió a la declaración del presidente del tribunal en el caso de Servicios Estratégicos de Licor contra Mvumbi NO y otros [2009] ZACC 17:

"Es elemental que los litigantes normalmente tienen derecho a razones para una decisión judicial después de una audiencia, y, cuando se apela una sentencia, las razones escritas son indispensables. El no suministrarlas será normalmente un grave incumplimiento del deber, una violación de los derechos de los litigantes y un impedimento para el proceso de apelación". 

En Botes y otro contra Nedbank Ltd, Corbett JA señaló que "una sentencia razonada puede muy bien desalentar una apelación por parte del perdedor".

"La falta de motivación puede tener el efecto contrario. Además, si el asunto se llevara a apelación, como ocurrió en este caso, el Tribunal de Apelación tiene un interés similar en saber por qué el Juez que escuchó el asunto dio la orden que dio". 

El tribunal en el caso de Licor Estratégico fue más allá y sostuvo que "Los jueces normalmente dan cuenta de su decisión dando razones y el estado de derecho exige que no actúen arbitrariamente y que rindan cuentas. Aportando razones, explica a las partes, y al público en general que tiene interés en que los tribunales sean abiertos y transparentes, por qué un caso se decide tal como está. Es una disciplina que frena las decisiones judiciales arbitrarias. También es esencial para el proceso de apelación, permitiendo a la parte perdedora tomar una decisión informada sobre si apelar o no o, en caso necesario, pedir permiso para apelar. Ayuda al tribunal de apelación a decidir si la orden del tribunal inferior es correcta o no. Y, por último, proporciona orientación al público con respecto a asuntos similares".

Se han publicado directrices sobre lo que constituye un período de tiempo razonable para dictar un fallo, y los tribunales subrayan que un período de tiempo razonable es esencial para la adhesión al imperio de la ley y necesario para la impartición de justicia. Cualquier retraso en el proceso crea un efecto dominó que se extiende hasta el Tribunal Constitucional, en caso de que esa sea la trayectoria prevista del caso del litigante.

Esto causa un retraso no sólo para el litigante sino para todos los asuntos relacionados que puedan tener el mismo tema que requiere una adjudicación. Además, la falta de motivación de una sentencia confunde el mandato de los tribunales de apelación. En primer lugar, tendrían que entender el razonamiento del tribunal inferior antes de interrogar los motivos de la apelación que se les presenta. Sin el fallo razonado del juez del tribunal inferior, el tribunal de apelación se encuentra en la imposibilidad de considerar el desarrollo de la ley de acuerdo con la jurisprudencia existente.

*Este artículo fue supervisado por Candice Pillay (Directora) de Lawtons Africa.

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